Uno de los principales problemas que aquejan al Ingreso Mínimo Vital (IMV) son los pagos indebidos a beneficiarios que después se convierten en deudas que reclama la Seguridad Social. El Defensor del Pueblo expresó su preocupación por esta situación, que afecta a personas vulnerables con escasa capacidad de ahorro, en su informe anual del año pasado: cuantificó el problema en 500 millones de euros, el 4,7% del total abonado a todos los receptores hasta julio de 2024. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones dice compartir la preocupación por este problema, así que ha puesto en marcha un cambio con el que espera aliviarlo: la revisión de los ingresos del año anterior se ha comunicado en mayo en vez de en octubre, lo que reduce en cinco meses las nóminas potencialmente infladas.
El ministerio de Elma Saiz ha avisado cinco meses antes a los beneficiarios del IMV que han cobrado de más, lo que rebaja los emolumentos adeudados
Uno de los principales problemas que aquejan al Ingreso Mínimo Vital (IMV) son los pagos indebidos a beneficiarios que después se convierten en deudas que reclama la Seguridad Social. El Defensor del Pueblo expresó su preocupación por esta situación, que afecta a personas vulnerables con escasa capacidad de ahorro, en su informe anual del año pasado: cuantificó el problema en 500 millones de euros, el 4,7% del total abonado a todos los receptores hasta julio de 2024. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones dice compartir la preocupación por este problema, así que ha puesto en marcha un cambio con el que espera aliviarlo: la revisión de los ingresos del año anterior se ha comunicado en mayo en vez de en octubre, lo que reduce en cinco meses las nóminas potencialmente infladas.
El espíritu del IMV es el de una renta garantizada. En función de las características del hogar, la ley del IMV establece que los ingresos mínimos de ese núcleo de convivencia deben ser una cifra determinada. No es una pensión, con una cifra fija, sino que varía en función de distintos elementos. Por ejemplo, este año para un adulto que viva solo la renta mínima son 659 euros mensuales, 856 para un hogar con un adulto y un menor y 1.449 para dos adultos con tres o más menores, cifras que se revalorizaron por encima del IPC. El IMV se encarga de cubrir la renta hasta esos mínimos, de manera que si el hogar percibe otros ingresos se detraen del IMV al que ese núcleo de convivencia tiene derecho hasta empatar con el suelo que corresponda, en función de las circunstancias.
¿Cuál es el problema? Que esa evaluación de ingresos no es inmediata. Hacienda venía proporcionando los datos del año anterior en octubre del año en curso. Por ejemplo, hasta octubre de 2024 Hacienda no facilitó los datos de ingresos de 2023. Esto provoca que a lo largo de nueve meses el beneficiario del IMV reciba unas cantidades que aún no han tomado en cuenta los ingresos del año previo, solo los del anterior (en el ejemplo planteado, los de 2022), lo que se traduce después en una deuda acumulada de nueve nóminas si la Seguridad Social ha pagado de más.
Desde este año ese plazo se ha reducido a la mitad, con lo que el departamento de Elma Saiz espera que los emolumentos adeudados sigan la misma tendencia. En vez de esperar a los datos consolidados de octubre, la Seguridad Social ha informado a los beneficiarios con los datos provisionales de mayo, según confirman fuentes del ministerio de Saiz.
“Los receptores del IMV tienen muy pocos recursos y casi nula capacidad de ahorro. Con este paso nos hemos adaptado para minimizar todo lo posible el perjuicio de estas situaciones. Creemos que esto alivia el sufrimiento de estas familias y se reduce la bolsa de deuda”, subrayan fuentes del ministerio. El IMV acaba de cumplir cinco años en vigor, la primera renta mínima garantizada de carácter estatal.
En mayo de 2025, el ministerio informa que actualizó la nómina de 655.000 hogares. La mitad (317.000, el 49%) mantuvo la misma nómina que el año anterior y a un 30% (200.000 hogares) se le aumentaron las cuantías, dado que la revisión mostró que sus ingresos ajenos al IMV fueron menores que en la revisión previa. Por contra, 123.000 (el 19%) adeudaron cantidades moderadas a la Seguridad Social, de manera que se compensaron nómina a nómina con recortes de la prestación.

El principal problema es el 2% restante al que se le suspendió el IMV por un desfase importante, 15.000 hogares a mayo de 2025, según las cifras de la Seguridad Social. El ministerio destaca que, siendo una situación a corregir, a la vez son personas que han logrado ingresos suficientes como para no necesitar el IMV o necesitarlo en una proporción muy inferior, lo que exige una revisión.
Es un panorama diferente al que detectó la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef) para el año anterior. En su cuarta opinión sobre esta prestación para personas vulnerables, distribuida este miércoles, capta una mayor prevalencia de revisiones de renta (68% de los hogares perceptores de 2024) que el ministerio (el 49% en 2025).
Según esas cifras de la Airef, con datos de ingresos de 2023, el 12% de los hogares causan baja en la revisión de rentas, con una reclamación mediana de 2.615 euros. En el otro lado de la balanza está el 24% que ve su prestación aumentada en una mediana de 980 euros más. “Por último, para los hogares en los que la revisión supone una modificación a la baja de la prestación, el IMV se reduce en mediana en 845 euros”, finaliza la Airef.
Recomendaciones
El uso de datos provisionales para acortar los plazos fue una de las recomendaciones del Defensor del Pueblo para aliviar este problema. El organismo dirigido por Ángel Gabilondo aconsejaba “la introducción de mecanismos por los que o bien la Administración acceda a los datos fiscales provisionales”.
También planteaba otras soluciones que de momento no aplican, como que “los interesados aporten lo más tempranamente posible su autoliquidación del IRPF, con el incentivo de aminorar la cantidad reintegrable”, el establecimiento de un periodo máximo en que el Instituto Nacional de la Seguridad Social debe iniciar el procedimiento de reintegro o la suspensión del abono de la prestación en determinadas circunstancias, “para evitar la eventual desproporción del reintegro”.
“El marco básico de regulación en materia de reintegro de prestaciones de la Seguridad Social debe ser revisado a la mayor brevedad posible en la línea apuntada. Esto pasa por una modificación del artículo 55 de la Ley General de la Seguridad Social”, indica el Defensor del Pueblo, que agrega: “Las personas y familias en situación de necesidad y en riesgo de exclusión social deben encontrar en la respuesta de los poderes públicos un espacio de verdadera protección, sin que esto deba perjudicar la tarea de gestión justa y eficaz de los recursos públicos”.
La Airef también hace sus propias recomendaciones de cómo abordar este problema. Sugiere aún más agilidad, utilizando la información disponible en la Administración de frecuencia mensual o trimestral. “Por ejemplo, las bases de cotización que están disponibles con un decalaje de dos meses”, indica el organismo de Cristina Herrero. Con mejor ritmo en ese diagnóstico, la Airef cree que mejoraría la capacidad de la prestación para activarse ante situaciones de pobreza sobrevenida, disminuiría las solicitudes de reintegros causadas por los importes indebidamente percibidos y favorecería la potencia del incentivo al empleo pudiéndolo vincular con las decisiones de oferta de trabajo más recientes.
El Consejo de Europea anunció recientemente que investigará este problema del IMV, entre otros, tras la reclamación de ATD Cuarto Mundo Internacional, una ONG que trabaja para erradicar la extrema pobreza. La reclamación ante el Comité Europeo de Derechos Sociales, admitida a trámite, acusa a la normativa española de contravenir la Carta Social Europea, precisamente por estar reglada de tal forma que no es capaz de llegar a todas aquellas personas que la necesitan.
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