El padre de Noelia recurre al Constitucional para frenar la eutanasia de la joven y pide someterla a tratamiento psiquiátrico

El padre de Noelia, la joven de 25 años que solicitó la eutanasia en Barcelona en 2024, ha recurrido ante el Tribunal Constitucional para tratar de frenarla. Así, a través de Abogados Cristianos, el progenitor, con dos nuevas acciones jurídicas, pide también que su hija reciba tratamiento psiquiátrico y apoyo psicológico, al considerar, en base a los informes médicos, que sufre trastorno límite de la personalidad, trastorno obsesivo-compulsivo e ideación suicida, además de antecedentes de intentos autolíticos. Apunta así que su cuadro clínico exige «una intervención terapéutica intensiva y no la tramitación acelerada de la prestación de ayuda para morir».Así, por una parte, la entidad ha solicitado al Juzgado de Instrucción 20 de Barcelona, donde interpuso la querella contra la dupla médico-jurista que evaluó a Noelia por presuntos delitos de prevaricación y falsedad, que adopte una medida de protección -al amparo del artículo 13 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal- y se requiera a los servicios públicos de salud de Cataluña para que dispensen de inmediato tratamiento psiquiátrico y psicológico especializado a Noelia.En paralelo, como ya había anunciado Abogados Cristianos, el padre ha formalizado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra el auto del Supremo que inadmitió su recurso de casación. En ese marco, ha solicitado medidas cautelarísimas para que se suspenda la eutanasia hasta que el Constitucional se pronuncie sobre el fondo del asunto. La organización recuerda que la ejecución de la eutanasia supondría un hecho irreversible, que dejaría sin efecto práctico cualquier eventual estimación del amparo.Fue el pasado septiembre cuando el TSJC estimó parcialmente el reclamo del padre y, pese a avalar la muerte asistida de Noelia, reconoció el derecho de este a recurrirla por la vía judicial, al entender que su interés es legítimo, aún cuando «no sea titular de ese derecho a la vida ajena». Pero, a finales de enero, el Supremo recordó que tanto la Comisión de Evaluación de Cataluña que autorizó la eutanasia, como el juzgado de instancia y el TSJC determinaron que la joven cumplía los requisitos previstos para acceder a la misma, y entendió así que la petición del progenitor para revocarla no podía admitirse porque la función del alto tribunal es generar jurisprudencia uniforme y no resolver «un recurso ordinario más».Además, en su resolución, el Supremo recordó que si bien la actuación de la dupla médico-forense que examinó a Noelia incurrió en una irregularidad, al fingir un desacuerdo para elevar así el caso ante la Comisión de Garantías -algo que recoge la sentencia recurrida-, apunta que ello no tuvo ningún efecto sobre el procedimiento, sino que supuso una mayor garantía en la toma de la decisión.Noticia Relacionada Barcelona estandar No La juez avala la eutanasia de la joven de 24 años que frenó su padre Elena Burés La Fiscalía avala la petición de eutanasia «libre y autónoma» de la joven de Barcelona que paralizó su padreAsí, «al margen de que esa actuación pueda tener otras consecuencias» -un juzgado de Barcelona investiga a dos miembros de la citada comisión, tras una querella de Abogados Cristianos-, no cambió el resultado del procedimiento por el que la Generalitat debía decidir si se reconocía o no la eutanasia a la joven, y tampoco «causó indefensión material alguna, ni a la solicitante, ni al ahora recurrente», concluyó el alto tribunal. Por tanto, «no se ha justificado debidamente, en atención a las circunstancias del caso y particularmente a los pronunciamientos de la sentencia recurrida, la concurrencia de ninguno de esos supuestos que habilita la presunción del interés casacional objetivo», y por ello inadmitió el recurso.Fue en julio de 2024 cuando la Comisión de Garantías avaló por unanimidad la eutanasia de Noelia, prevista para el 2 de agosto de ese año. La víspera, el Contencioso Administrativo 12 de Barcelona decidió paralizarla, tras la cautelar solicitada por el padre que alegó que, de no hacerlo, se produciría un «daño irreparable». Así, tras la celebración de una vista el 7 de ese mismo mes, la misma juez dictó un nuevo auto manteniendo la suspensión de la muerte asistida. Elevó así el caso ante el TSJC que, en octubre, no aceptó las competencias y volvió a inhibirse ante el citado juzgado que, finalmente, fijó la celebración de una vista para escuchar a la joven, a su progenitor y a los especialistas que la evaluaron.Padecimiento graveEn la misma, la joven se ratificó en su petición y e incluso denunció «coacciones por parte de su entorno» para que desistiese. Es más, indicó que le habían «llenado la habitación» del centro sociosanitario donde reside «de estampitas y rosarios» para que cambiase de opinión. Noelia carece de movilidad completa en las piernas por una lesión medular, tras un intento de suicidio. Su padre asume que «sí presenta una patología grave», pero defiende que «su cuadro mejora con el debido tratamiento». Además, esgrime que su estado «no le ocasiona un sufrimiento físico o psíquico insoportable». En cambio, los profesionales que la han examinado sí certifican que sufre un padecimiento «grave, crónico e imposibilitante», y la imposibilidad de mejora con tratamiento. El padre de Noelia, la joven de 25 años que solicitó la eutanasia en Barcelona en 2024, ha recurrido ante el Tribunal Constitucional para tratar de frenarla. Así, a través de Abogados Cristianos, el progenitor, con dos nuevas acciones jurídicas, pide también que su hija reciba tratamiento psiquiátrico y apoyo psicológico, al considerar, en base a los informes médicos, que sufre trastorno límite de la personalidad, trastorno obsesivo-compulsivo e ideación suicida, además de antecedentes de intentos autolíticos. Apunta así que su cuadro clínico exige «una intervención terapéutica intensiva y no la tramitación acelerada de la prestación de ayuda para morir».Así, por una parte, la entidad ha solicitado al Juzgado de Instrucción 20 de Barcelona, donde interpuso la querella contra la dupla médico-jurista que evaluó a Noelia por presuntos delitos de prevaricación y falsedad, que adopte una medida de protección -al amparo del artículo 13 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal- y se requiera a los servicios públicos de salud de Cataluña para que dispensen de inmediato tratamiento psiquiátrico y psicológico especializado a Noelia.En paralelo, como ya había anunciado Abogados Cristianos, el padre ha formalizado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra el auto del Supremo que inadmitió su recurso de casación. En ese marco, ha solicitado medidas cautelarísimas para que se suspenda la eutanasia hasta que el Constitucional se pronuncie sobre el fondo del asunto. La organización recuerda que la ejecución de la eutanasia supondría un hecho irreversible, que dejaría sin efecto práctico cualquier eventual estimación del amparo.Fue el pasado septiembre cuando el TSJC estimó parcialmente el reclamo del padre y, pese a avalar la muerte asistida de Noelia, reconoció el derecho de este a recurrirla por la vía judicial, al entender que su interés es legítimo, aún cuando «no sea titular de ese derecho a la vida ajena». Pero, a finales de enero, el Supremo recordó que tanto la Comisión de Evaluación de Cataluña que autorizó la eutanasia, como el juzgado de instancia y el TSJC determinaron que la joven cumplía los requisitos previstos para acceder a la misma, y entendió así que la petición del progenitor para revocarla no podía admitirse porque la función del alto tribunal es generar jurisprudencia uniforme y no resolver «un recurso ordinario más».Además, en su resolución, el Supremo recordó que si bien la actuación de la dupla médico-forense que examinó a Noelia incurrió en una irregularidad, al fingir un desacuerdo para elevar así el caso ante la Comisión de Garantías -algo que recoge la sentencia recurrida-, apunta que ello no tuvo ningún efecto sobre el procedimiento, sino que supuso una mayor garantía en la toma de la decisión.Noticia Relacionada Barcelona estandar No La juez avala la eutanasia de la joven de 24 años que frenó su padre Elena Burés La Fiscalía avala la petición de eutanasia «libre y autónoma» de la joven de Barcelona que paralizó su padreAsí, «al margen de que esa actuación pueda tener otras consecuencias» -un juzgado de Barcelona investiga a dos miembros de la citada comisión, tras una querella de Abogados Cristianos-, no cambió el resultado del procedimiento por el que la Generalitat debía decidir si se reconocía o no la eutanasia a la joven, y tampoco «causó indefensión material alguna, ni a la solicitante, ni al ahora recurrente», concluyó el alto tribunal. Por tanto, «no se ha justificado debidamente, en atención a las circunstancias del caso y particularmente a los pronunciamientos de la sentencia recurrida, la concurrencia de ninguno de esos supuestos que habilita la presunción del interés casacional objetivo», y por ello inadmitió el recurso.Fue en julio de 2024 cuando la Comisión de Garantías avaló por unanimidad la eutanasia de Noelia, prevista para el 2 de agosto de ese año. La víspera, el Contencioso Administrativo 12 de Barcelona decidió paralizarla, tras la cautelar solicitada por el padre que alegó que, de no hacerlo, se produciría un «daño irreparable». Así, tras la celebración de una vista el 7 de ese mismo mes, la misma juez dictó un nuevo auto manteniendo la suspensión de la muerte asistida. Elevó así el caso ante el TSJC que, en octubre, no aceptó las competencias y volvió a inhibirse ante el citado juzgado que, finalmente, fijó la celebración de una vista para escuchar a la joven, a su progenitor y a los especialistas que la evaluaron.Padecimiento graveEn la misma, la joven se ratificó en su petición y e incluso denunció «coacciones por parte de su entorno» para que desistiese. Es más, indicó que le habían «llenado la habitación» del centro sociosanitario donde reside «de estampitas y rosarios» para que cambiase de opinión. Noelia carece de movilidad completa en las piernas por una lesión medular, tras un intento de suicidio. Su padre asume que «sí presenta una patología grave», pero defiende que «su cuadro mejora con el debido tratamiento». Además, esgrime que su estado «no le ocasiona un sufrimiento físico o psíquico insoportable». En cambio, los profesionales que la han examinado sí certifican que sufre un padecimiento «grave, crónico e imposibilitante», y la imposibilidad de mejora con tratamiento.  

El padre de Noelia, la joven de 25 años que solicitó la eutanasia en Barcelona en 2024, ha recurrido ante el Tribunal Constitucional para tratar de frenarla. Así, a través de Abogados Cristianos, el progenitor, con dos nuevas acciones jurídicas, pide también que … su hija reciba tratamiento psiquiátrico y apoyo psicológico, al considerar, en base a los informes médicos, que sufre trastorno límite de la personalidad, trastorno obsesivo-compulsivo e ideación suicida, además de antecedentes de intentos autolíticos. Apunta así que su cuadro clínico exige «una intervención terapéutica intensiva y no la tramitación acelerada de la prestación de ayuda para morir».

Así, por una parte, la entidad ha solicitado al Juzgado de Instrucción 20 de Barcelona, donde interpuso la querella contra la dupla médico-jurista que evaluó a Noelia por presuntos delitos de prevaricación y falsedad, que adopte una medida de protección -al amparo del artículo 13 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal- y se requiera a los servicios públicos de salud de Cataluña para que dispensen de inmediato tratamiento psiquiátrico y psicológico especializado a Noelia.

En paralelo, como ya había anunciado Abogados Cristianos, el padre ha formalizado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra el auto del Supremo que inadmitió su recurso de casación. En ese marco, ha solicitado medidas cautelarísimas para que se suspenda la eutanasia hasta que el Constitucional se pronuncie sobre el fondo del asunto. La organización recuerda que la ejecución de la eutanasia supondría un hecho irreversible, que dejaría sin efecto práctico cualquier eventual estimación del amparo.

Fue el pasado septiembre cuando el TSJC estimó parcialmente el reclamo del padre y, pese a avalar la muerte asistida de Noelia, reconoció el derecho de este a recurrirla por la vía judicial, al entender que su interés es legítimo, aún cuando «no sea titular de ese derecho a la vida ajena». Pero, a finales de enero, el Supremo recordó que tanto la Comisión de Evaluación de Cataluña que autorizó la eutanasia, como el juzgado de instancia y el TSJC determinaron que la joven cumplía los requisitos previstos para acceder a la misma, y entendió así que la petición del progenitor para revocarla no podía admitirse porque la función del alto tribunal es generar jurisprudencia uniforme y no resolver «un recurso ordinario más».

Además, en su resolución, el Supremo recordó que si bien la actuación de la dupla médico-forense que examinó a Noelia incurrió en una irregularidad, al fingir un desacuerdo para elevar así el caso ante la Comisión de Garantías -algo que recoge la sentencia recurrida-, apunta que ello no tuvo ningún efecto sobre el procedimiento, sino que supuso una mayor garantía en la toma de la decisión.

Así, «al margen de que esa actuación pueda tener otras consecuencias» -un juzgado de Barcelona investiga a dos miembros de la citada comisión, tras una querella de Abogados Cristianos-, no cambió el resultado del procedimiento por el que la Generalitat debía decidir si se reconocía o no la eutanasia a la joven, y tampoco «causó indefensión material alguna, ni a la solicitante, ni al ahora recurrente», concluyó el alto tribunal. Por tanto, «no se ha justificado debidamente, en atención a las circunstancias del caso y particularmente a los pronunciamientos de la sentencia recurrida, la concurrencia de ninguno de esos supuestos que habilita la presunción del interés casacional objetivo», y por ello inadmitió el recurso.

Fue en julio de 2024 cuando la Comisión de Garantías avaló por unanimidad la eutanasia de Noelia, prevista para el 2 de agosto de ese año. La víspera, el Contencioso Administrativo 12 de Barcelona decidió paralizarla, tras la cautelar solicitada por el padre que alegó que, de no hacerlo, se produciría un «daño irreparable». Así, tras la celebración de una vista el 7 de ese mismo mes, la misma juez dictó un nuevo auto manteniendo la suspensión de la muerte asistida. Elevó así el caso ante el TSJC que, en octubre, no aceptó las competencias y volvió a inhibirse ante el citado juzgado que, finalmente, fijó la celebración de una vista para escuchar a la joven, a su progenitor y a los especialistas que la evaluaron.

Padecimiento grave

En la misma, la joven se ratificó en su petición y e incluso denunció «coacciones por parte de su entorno» para que desistiese. Es más, indicó que le habían «llenado la habitación» del centro sociosanitario donde reside «de estampitas y rosarios» para que cambiase de opinión. Noelia carece de movilidad completa en las piernas por una lesión medular, tras un intento de suicidio. Su padre asume que «sí presenta una patología grave», pero defiende que «su cuadro mejora con el debido tratamiento». Además, esgrime que su estado «no le ocasiona un sufrimiento físico o psíquico insoportable». En cambio, los profesionales que la han examinado sí certifican que sufre un padecimiento «grave, crónico e imposibilitante», y la imposibilidad de mejora con tratamiento.

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