Engaños

Merece la pena detenerse en la nota de información que el PSOE facilitó sobre la propuesta de Ley Orgánica de Delegación de competencias en materia de Inmigración. Una nota breve que dice poco, pero dice mucho. Especialmente en el primer párrafo. Ahí están los cinco engaños del asunto con sus correspondientes preguntas que refutan lo dicho. Primer engaño: «Cataluña ha sido siempre un territorio que ha acogido a mucha población procedente de otros lugares y ha tenido la capacidad de integrarla en nuestro modelo democrático de sociedad y en la catalanidad». ¿Cómo se acogió a los despectivamente denominados charnegos? ¿Toda la población recién llegada se integra dulcemente en la catalanidad? Segundo engaño: «En nuestros días el 18% de la población catalana tiene nacionalidad extranjera y un 24% han nacido fuera de Cataluña». ¿Por qué no decir que las persona naturales de Aragón, Murcia, Andalucía, etc., son españoles? ¿Acaso a una persona española, no catalana, se le debería aplicar la ley de inmigración por ser extranjera? Tercer engaño: «La situación en Cataluña determina, de acuerdo con la voluntad de la sociedad catalana, la necesidad de asumir la gestión de dicho fenómeno por parte de la Generalitat de Cataluña y las entidades locales que la integran, como administraciones más cercanas a la población». ¿Quién ha pedido eso? Cuarto engaño: «Para este supuesto se diseñó el art. 150.2 de la Constitución». ¿Han leído ustedes el artículo 149.1.2ª de la Constitución que dice que «el Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias: nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo»? El 150.2 está reservado para competencias «que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación». Un artículo que no puede aplicarse a la inmigración, porque afecta a la soberanía y la frontera. Vale decir que el Tribunal Constitucional –en la sentencia del Estatuto- declaró anticonstitucional semejante transferencia o delegación. Sin olvidar la legislación de la Unión Europea al respecto. Quinto engaño: «Con esta ley Cataluña podrá dar respuesta con capacidades suficientes a la necesaria plena integración en el país -incluida la integración lingüística- basada en un marco de derechos y deberes y el respeto a los derechos fundamentales, que es condición para la cohesión social y el progreso». ¿Acaso lo que más interesa no es la «integración lingüística»? Dice la nota informativa del PSOE que «Cataluña se configura como «ventanilla única» en su territorio de las autorizaciones de estancia de larga duración, residencia temporal y residencia de larga duración; así como expedirá el documento de identidad para los extranjeros, a partir del Registro del NIE del Estado español». Se lo traduzco: se trata de minimizar la presencia del Estado en Cataluña, de maximizar todo lo posible el proyecto nacionalista, de instaurar –como ocurre con todo supremacista- el derecho de admisión en Cataluña y de asegurar el poder de Pedro Sánchez por la vía de la compraventa mercantil. Y, por supuesto, así marca perfil un Junts ansioso de contrarrestar el perfil de Aliança Catalana y el que marcó ERC con la quita. Merece la pena detenerse en la nota de información que el PSOE facilitó sobre la propuesta de Ley Orgánica de Delegación de competencias en materia de Inmigración. Una nota breve que dice poco, pero dice mucho. Especialmente en el primer párrafo. Ahí están los cinco engaños del asunto con sus correspondientes preguntas que refutan lo dicho. Primer engaño: «Cataluña ha sido siempre un territorio que ha acogido a mucha población procedente de otros lugares y ha tenido la capacidad de integrarla en nuestro modelo democrático de sociedad y en la catalanidad». ¿Cómo se acogió a los despectivamente denominados charnegos? ¿Toda la población recién llegada se integra dulcemente en la catalanidad? Segundo engaño: «En nuestros días el 18% de la población catalana tiene nacionalidad extranjera y un 24% han nacido fuera de Cataluña». ¿Por qué no decir que las persona naturales de Aragón, Murcia, Andalucía, etc., son españoles? ¿Acaso a una persona española, no catalana, se le debería aplicar la ley de inmigración por ser extranjera? Tercer engaño: «La situación en Cataluña determina, de acuerdo con la voluntad de la sociedad catalana, la necesidad de asumir la gestión de dicho fenómeno por parte de la Generalitat de Cataluña y las entidades locales que la integran, como administraciones más cercanas a la población». ¿Quién ha pedido eso? Cuarto engaño: «Para este supuesto se diseñó el art. 150.2 de la Constitución». ¿Han leído ustedes el artículo 149.1.2ª de la Constitución que dice que «el Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias: nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo»? El 150.2 está reservado para competencias «que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación». Un artículo que no puede aplicarse a la inmigración, porque afecta a la soberanía y la frontera. Vale decir que el Tribunal Constitucional –en la sentencia del Estatuto- declaró anticonstitucional semejante transferencia o delegación. Sin olvidar la legislación de la Unión Europea al respecto. Quinto engaño: «Con esta ley Cataluña podrá dar respuesta con capacidades suficientes a la necesaria plena integración en el país -incluida la integración lingüística- basada en un marco de derechos y deberes y el respeto a los derechos fundamentales, que es condición para la cohesión social y el progreso». ¿Acaso lo que más interesa no es la «integración lingüística»? Dice la nota informativa del PSOE que «Cataluña se configura como «ventanilla única» en su territorio de las autorizaciones de estancia de larga duración, residencia temporal y residencia de larga duración; así como expedirá el documento de identidad para los extranjeros, a partir del Registro del NIE del Estado español». Se lo traduzco: se trata de minimizar la presencia del Estado en Cataluña, de maximizar todo lo posible el proyecto nacionalista, de instaurar –como ocurre con todo supremacista- el derecho de admisión en Cataluña y de asegurar el poder de Pedro Sánchez por la vía de la compraventa mercantil. Y, por supuesto, así marca perfil un Junts ansioso de contrarrestar el perfil de Aliança Catalana y el que marcó ERC con la quita.  

El oasis catalán

Se trata de minimizar la presencia del Estado en Cataluña, de maximizar todo lo posible el proyecto nacionalista, de instaurar el derecho de admisión en Cataluña

Míriam Nogueras pasa por delante de Patxi López, en el Congreso, en una sesión celebrada en febrero de 2024 Ángel de Antonio

Merece la pena detenerse en la nota de información que el PSOE facilitó sobre la propuesta de Ley Orgánica de Delegación de competencias en materia de Inmigración. Una nota breve que dice poco, pero dice mucho. Especialmente en el primer párrafo. Ahí están los cinco engaños del asunto con sus correspondientes preguntas que refutan lo dicho.

Primer engaño: «Cataluña ha sido siempre un territorio que ha acogido a mucha población procedente de otros lugares y ha tenido la capacidad de integrarla en nuestro modelo democrático de sociedad y en la catalanidad». ¿Cómo se acogió a los despectivamente denominados charnegos? ¿Toda la población recién llegada se integra dulcemente en la catalanidad?

Segundo engaño: «En nuestros días el 18% de la población catalana tiene nacionalidad extranjera y un 24% han nacido fuera de Cataluña». ¿Por qué no decir que las persona naturales de Aragón, Murcia, Andalucía, etc., son españoles? ¿Acaso a una persona española, no catalana, se le debería aplicar la ley de inmigración por ser extranjera?

Tercer engaño: «La situación en Cataluña determina, de acuerdo con la voluntad de la sociedad catalana, la necesidad de asumir la gestión de dicho fenómeno por parte de la Generalitat de Cataluña y las entidades locales que la integran, como administraciones más cercanas a la población». ¿Quién ha pedido eso?

Cuarto engaño: «Para este supuesto se diseñó el art. 150.2 de la Constitución». ¿Han leído ustedes el artículo 149.1.2ª de la Constitución que dice que «el Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias: nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo»? El 150.2 está reservado para competencias «que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación». Un artículo que no puede aplicarse a la inmigración, porque afecta a la soberanía y la frontera. Vale decir que el Tribunal Constitucional –en la sentencia del Estatuto- declaró anticonstitucional semejante transferencia o delegación. Sin olvidar la legislación de la Unión Europea al respecto.

Quinto engaño: «Con esta ley Cataluña podrá dar respuesta con capacidades suficientes a la necesaria plena integración en el país -incluida la integración lingüística- basada en un marco de derechos y deberes y el respeto a los derechos fundamentales, que es condición para la cohesión social y el progreso». ¿Acaso lo que más interesa no es la «integración lingüística»?

Dice la nota informativa del PSOE que «Cataluña se configura como «ventanilla única» en su territorio de las autorizaciones de estancia de larga duración, residencia temporal y residencia de larga duración; así como expedirá el documento de identidad para los extranjeros, a partir del Registro del NIE del Estado español».

Se lo traduzco: se trata de minimizar la presencia del Estado en Cataluña, de maximizar todo lo posible el proyecto nacionalista, de instaurar –como ocurre con todo supremacista- el derecho de admisión en Cataluña y de asegurar el poder de Pedro Sánchez por la vía de la compraventa mercantil. Y, por supuesto, así marca perfil un Junts ansioso de contrarrestar el perfil de Aliança Catalana y el que marcó ERC con la quita.

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