La Audiencia de Sevilla condena a un ex alto cargo de la Junta por pagarle 360.000 euros de sueldo a un ex alcalde socialista pese a que nunca fue a trabajar

Antonio Torres, ex alcalde de Lebrija (Sevilla), deberá cumplir 2 años de cárcel por el amaño de su contrato en la Fundación Faffe Leer Antonio Torres, ex alcalde de Lebrija (Sevilla), deberá cumplir 2 años de cárcel por el amaño de su contrato en la Fundación Faffe Leer  

El ex alcalde de Sevilla Antonio Torres ha sido condenado a dos años y tres meses de cárcel por cobrar casi 360.000 euros de sueldo de la Fundación Faffe (dependiente de la Junta de Andalucía) pese a que nunca trabajó en esta institución pública. También ha sido condenado a tres años y seis meses de prisión el que fuera director general del organismo, Fernando Villén, por simular la relación laboral y acceder a la contratación de forma ilegal «por amistad y afinidad política». Así se recoge en la sentencia dada a conocer este miércoles y dictada por la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla, que considera probado que Torres «no acudía a la sede de la Fundación ni desempeñaba trabajo alguno».

Además de la pena de prisión, el ex alcalde deberá cumplir cuatro años de inhabilitación absoluta como cooperador necesario de un delito de malversación, y cuatro años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación. En el caso del ex director de la Faffe, la sentencia incluye seis años de inhabilitación absoluta como autor de un delito de malversación de caudales públicos, así como siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación, concurriendo en ambos casos la atenuante simple de dilaciones indebidas, según informa la oficina de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Los dos condenados deberán indemnizar conjunta y solidariamente a la Junta de Andalucía por 359.973,51 euros, que fue la cantidad percibida por el ex alcalde desde su contratación hasta la extinción de la Faffe y una vez incorporado al Servicio Andaluz de Empleo (SAE), según establece la sentencia, que no es firme y contra la que cabe interponer recurso de apelación ante el TSJA.

Según la relación de hechos probados, Antonio Torres perdió la alcaldía de Lebrija en las elecciones municipales de 2003 y se dirigió entonces a Fernando Villén para pedirle trabajo, a lo que éste último accedió «con la excusa de lograr fondos y financiación de distintas administraciones para la Faffe», un punto «innecesario, pues la Faffe venía siendo financiada con numerosas subvenciones a la formación con una ingente cantidad de dinero público».

Los jueces afirman que no consta que el ex alcalde hiciera gestión alguna relacionada con el cargo que ostentaba, de tal forma que nunca se encargó de los aspectos financieros de la fundación ni acreditó tener aptitudes «para asumir y desempeñar las tareas correspondientes a esas funciones». Además, exigió que se le hiciera fijo desde el primer momento e impuso sus condiciones laborales, a lo que el ex director de la Faffe accedió.

«Como el organigrama administrativo de la Fundación no contemplaba puesto» para Antonio Torres, el ex responsable de la Faffe «creó uno ad hoc, que denominó de modo grandilocuente Dirección de Relaciones Externas«, un departamento que, según indican los magistrados en la sentencia, «es inexistente, no tiene sede, carece de despacho o sede física ni personal adscrito«, y de hecho el acusado «no acudía a la sede de la Fundación ni desempeñaba trabajo alguno».

La Sección Tercera considera probado que, «a pesar de ello», el ex alcalde «se hizo con una tarjeta de visita o presentación en la que constan sus datos personales y el nombre, cargo y anagrama de la Fundación, con el logotipo de la Junta de Andalucía», indicando en este punto que el encausado «no tenía más dependencia jerárquica y funcional» que la del ex director de la Faffe.

Según afirman los magistrados, el ex alcalde de Lebrija «nunca se integró en el Comité Directivo ni en la estructura orgánica de la Fundación, no acudió a ninguna de sus sesiones, no acudía a trabajar a la sede de la Fundación, al punto que era desconocido por otros trabajadores y directivos».

Antonio Torres fue contratado el 1 de julio de 2003 con un contrato temporal que fue convertido en indefinido el 1 de diciembre de 2004. Tenía categoría de directivo y recibía una retribución de más de 40.000 euros anuales, encontrándose así de alta como empleado en la Faffe hasta la extinción de la fundación y su integración (el 3 de mayo de 2011) en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE).

Los «escasos trabajos» -afirman los jueces- que realizó Antonio Torres para justificar su sueldo consistieron en contactar con algún político, pero siempre lo realizó desde su domicilio y con medios propios. Nunca tuvo siquiera una cuenta de correo electrónico vinculada a la Faffe.

Los magistrados consideran que a Antonio Torres se le contrató en la Faffe «a instancia» de Fernando Villén «por su sola voluntad, amistad y afinidad política, sin proceso alguno de valoración o contraste de la aptitud o idoneidad del sujeto a contratar». El contrato, además, «se llevó a cabo de manera injusta y arbitraria, prescindiendo de los procedimientos de contratación a los que la Faffe debía ajustarse, sin concurrencia alguna de otros posibles candidatos al puesto, y de manera contraria a los principios generales de publicidad, objetividad, imparcialidad, igualdad de oportunidades, mérito y capacidad que habrían de regir dicho proceso de selección y contratación, de conformidad con la propia normativa y disciplina interna mantenida por la Faffe y con lo establecido en la legislación aplicable».

El puesto y funciones de Antonio Torres eran desconocidos para el resto de empleados, «ya que no desarrollaba su trabajo en ninguna de las sedes de la Faffe». Añade el tribunal que «no existe ninguna prueba documental que revele un mínimo cumplimiento de los requisitos y presupuestos que regulan la selección y contratación de personal, ya sea técnico o directivo, por parte de una fundación pública como la Faffe».

A juicio de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla, el ex alcalde «ha contribuido a dicha ilícita contratación, aportando elementos que pudieran ofrecer una apariencia de legalidad a la misma, concertándose con Fernando Villén para llevar a cabo dicha irregular contratación». «La contratación es ilegal, grosera (…), está basada en una decisión arbitraria dictada con la voluntad de apartarse de los principios de mérito y capacidad», sostienen los magistrados, que subrayan que «esta forma de contratar por la administración pública es ilegal porque está fuera de toda norma».

Los magistrados apuntan a que el ex director de la Faffe actuaba de forma arbitraria en «la colocación de personas afines, enchufados«. En el caso de Antonio Torres, el fin era únicamente proporcionarle «un beneficio económico» con la consiguiente «desviación del dinero procedente de las subvenciones y patente empobrecimiento del erario público». «Antonio Torres no fue a trabajar pero recibió el dinero«, apuntan, lo que consideran un «desprecio patente a la legalidad administrativa que determina la actuación» de ambos acusados.

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