El tribunal que tenía que juzgar este miércoles al agente de la Guardia Urbana que disparó contra un indigente en noviembre de 2020 en Barcelona ha dictado su absolución por la incomparecencia de la víctima. La Sección 7ª entiende que sólo con la acusación popular, que ejerce la Fundación Arrels , no se puede celebrar el juicio y por ello ha dictado una sentencia absolutoria.La entidad, que atiende a más de 2.000 personas sin hogar en la capital catalana, pedía diez años de prisión para el policía por tentativa de homicidio, lesiones con arma de fuego y agravante de aporofobia . Tras la decisión de los magistrados, la responsable de los servicios jurídicos de Arrels, Eva Hobeich, ha manifestado su tristeza ante la imposibilidad de celebrar la vista. «Desde hace tiempo hablamos de la agravante de aporofobia, pero no tenemos sentencias. Es muy difícil llegar a juicio para valorar, en este caso, si la actuación fue o no proporcional». Para dictar el fallo absolutorio, el tribunal ha interpretado que, como no existe ninguna manifestación expresa o escrita del afectado, Marjan, de origen húngaro y que cuando recibió el disparo en el estómago tenía 43 años, explicando que quiere personarse como acusación, aunque declaró como perjudicado en instrucción, «esta interpretación tan estricta hace que, como en estos momentos no sabemos dónde está, porque no se le puede localizar, no se pueda celebrar el juicio para garantizar sus derechos», ha precisado Hobeich. Desde la fundación recuerdan que no cuenta con teléfono móvil, ni domicilio, por lo que consideran que, con la absolución se ha vulnerado su derecho de acceso a la Justicia y por ello recurrirán la decisión de la Audiencia de Barcelona. Noticia Relacionada A JUICIO estandar No El urbano que disparó a un indigente en Barcelona se enfrenta a diez años de prisión E. Burés La Fundación Arrels, que ejerce la acusación popular, le atribuye una tentativa de homicidio y lesiones con arma de fuego, con la agravante de aporofobiaCabe recordar que la Fiscalía no apreció ningún indicio delictivo en la actuación del agente, al considerar que disparó al temer por su vida, después de que el hombre blandiese un arma blanca, según precisó en su escrito el Ministerio público. Sí acusó al indigente de atentado contra la autoridad , aunque pidió sustituir una eventual pena de prisión por su internamiento en un centro médico, al entender que sufre un trastorno delirante crónico con esquizofrenia paranoide, y que cuando se produjeron los hechos sufría un brote psicótico. Ahora, queda pendiente la celebración de otro juicio -por el que se abrió pieza separada- contra el hombre, por esa acusación de atentado. El suceso se produjo después de que un vecino alertase a la Urbana porque había un «indigente, con diez bolsas de plástico» en una portería. Ese aviso fue el que hizo que los agentes se desplazasen hasta el edificio del paseo Sant Joan de la capital catalana. Cuando llegaron al lugar, el hombre comenzó a caminar de forma acelerada, y los policías le pidieron que se detuviese y recogiese sus pertenencias. La Fiscalía apuntó que el hombre hizo caso omiso, y siguió deambulando cuando, más adelante, un vehículo policial trató de frenarle el paso, y entonces se habría «lanzado» hacia uno de los funcionarios «con el cuchillo en la mano derecha».Así, para tratar de repeler el ataque, indicó el Ministerio público, uno de los urbanos disparó su arma reglamentaria . Uno de esos dos tiros hirió gravemente en el abdomen a Marjan, que tuvo que ser trasladado hasta el Hospital de Sant Pau, donde se recuperó. El tribunal que tenía que juzgar este miércoles al agente de la Guardia Urbana que disparó contra un indigente en noviembre de 2020 en Barcelona ha dictado su absolución por la incomparecencia de la víctima. La Sección 7ª entiende que sólo con la acusación popular, que ejerce la Fundación Arrels , no se puede celebrar el juicio y por ello ha dictado una sentencia absolutoria.La entidad, que atiende a más de 2.000 personas sin hogar en la capital catalana, pedía diez años de prisión para el policía por tentativa de homicidio, lesiones con arma de fuego y agravante de aporofobia . Tras la decisión de los magistrados, la responsable de los servicios jurídicos de Arrels, Eva Hobeich, ha manifestado su tristeza ante la imposibilidad de celebrar la vista. «Desde hace tiempo hablamos de la agravante de aporofobia, pero no tenemos sentencias. Es muy difícil llegar a juicio para valorar, en este caso, si la actuación fue o no proporcional». Para dictar el fallo absolutorio, el tribunal ha interpretado que, como no existe ninguna manifestación expresa o escrita del afectado, Marjan, de origen húngaro y que cuando recibió el disparo en el estómago tenía 43 años, explicando que quiere personarse como acusación, aunque declaró como perjudicado en instrucción, «esta interpretación tan estricta hace que, como en estos momentos no sabemos dónde está, porque no se le puede localizar, no se pueda celebrar el juicio para garantizar sus derechos», ha precisado Hobeich. Desde la fundación recuerdan que no cuenta con teléfono móvil, ni domicilio, por lo que consideran que, con la absolución se ha vulnerado su derecho de acceso a la Justicia y por ello recurrirán la decisión de la Audiencia de Barcelona. Noticia Relacionada A JUICIO estandar No El urbano que disparó a un indigente en Barcelona se enfrenta a diez años de prisión E. Burés La Fundación Arrels, que ejerce la acusación popular, le atribuye una tentativa de homicidio y lesiones con arma de fuego, con la agravante de aporofobiaCabe recordar que la Fiscalía no apreció ningún indicio delictivo en la actuación del agente, al considerar que disparó al temer por su vida, después de que el hombre blandiese un arma blanca, según precisó en su escrito el Ministerio público. Sí acusó al indigente de atentado contra la autoridad , aunque pidió sustituir una eventual pena de prisión por su internamiento en un centro médico, al entender que sufre un trastorno delirante crónico con esquizofrenia paranoide, y que cuando se produjeron los hechos sufría un brote psicótico. Ahora, queda pendiente la celebración de otro juicio -por el que se abrió pieza separada- contra el hombre, por esa acusación de atentado. El suceso se produjo después de que un vecino alertase a la Urbana porque había un «indigente, con diez bolsas de plástico» en una portería. Ese aviso fue el que hizo que los agentes se desplazasen hasta el edificio del paseo Sant Joan de la capital catalana. Cuando llegaron al lugar, el hombre comenzó a caminar de forma acelerada, y los policías le pidieron que se detuviese y recogiese sus pertenencias. La Fiscalía apuntó que el hombre hizo caso omiso, y siguió deambulando cuando, más adelante, un vehículo policial trató de frenarle el paso, y entonces se habría «lanzado» hacia uno de los funcionarios «con el cuchillo en la mano derecha».Así, para tratar de repeler el ataque, indicó el Ministerio público, uno de los urbanos disparó su arma reglamentaria . Uno de esos dos tiros hirió gravemente en el abdomen a Marjan, que tuvo que ser trasladado hasta el Hospital de Sant Pau, donde se recuperó. El tribunal que tenía que juzgar este miércoles al agente de la Guardia Urbana que disparó contra un indigente en noviembre de 2020 en Barcelona ha dictado su absolución por la incomparecencia de la víctima. La Sección 7ª entiende que sólo con la acusación popular, que ejerce la Fundación Arrels , no se puede celebrar el juicio y por ello ha dictado una sentencia absolutoria.La entidad, que atiende a más de 2.000 personas sin hogar en la capital catalana, pedía diez años de prisión para el policía por tentativa de homicidio, lesiones con arma de fuego y agravante de aporofobia . Tras la decisión de los magistrados, la responsable de los servicios jurídicos de Arrels, Eva Hobeich, ha manifestado su tristeza ante la imposibilidad de celebrar la vista. «Desde hace tiempo hablamos de la agravante de aporofobia, pero no tenemos sentencias. Es muy difícil llegar a juicio para valorar, en este caso, si la actuación fue o no proporcional». Para dictar el fallo absolutorio, el tribunal ha interpretado que, como no existe ninguna manifestación expresa o escrita del afectado, Marjan, de origen húngaro y que cuando recibió el disparo en el estómago tenía 43 años, explicando que quiere personarse como acusación, aunque declaró como perjudicado en instrucción, «esta interpretación tan estricta hace que, como en estos momentos no sabemos dónde está, porque no se le puede localizar, no se pueda celebrar el juicio para garantizar sus derechos», ha precisado Hobeich. Desde la fundación recuerdan que no cuenta con teléfono móvil, ni domicilio, por lo que consideran que, con la absolución se ha vulnerado su derecho de acceso a la Justicia y por ello recurrirán la decisión de la Audiencia de Barcelona. Noticia Relacionada A JUICIO estandar No El urbano que disparó a un indigente en Barcelona se enfrenta a diez años de prisión E. Burés La Fundación Arrels, que ejerce la acusación popular, le atribuye una tentativa de homicidio y lesiones con arma de fuego, con la agravante de aporofobiaCabe recordar que la Fiscalía no apreció ningún indicio delictivo en la actuación del agente, al considerar que disparó al temer por su vida, después de que el hombre blandiese un arma blanca, según precisó en su escrito el Ministerio público. Sí acusó al indigente de atentado contra la autoridad , aunque pidió sustituir una eventual pena de prisión por su internamiento en un centro médico, al entender que sufre un trastorno delirante crónico con esquizofrenia paranoide, y que cuando se produjeron los hechos sufría un brote psicótico. Ahora, queda pendiente la celebración de otro juicio -por el que se abrió pieza separada- contra el hombre, por esa acusación de atentado. El suceso se produjo después de que un vecino alertase a la Urbana porque había un «indigente, con diez bolsas de plástico» en una portería. Ese aviso fue el que hizo que los agentes se desplazasen hasta el edificio del paseo Sant Joan de la capital catalana. Cuando llegaron al lugar, el hombre comenzó a caminar de forma acelerada, y los policías le pidieron que se detuviese y recogiese sus pertenencias. La Fiscalía apuntó que el hombre hizo caso omiso, y siguió deambulando cuando, más adelante, un vehículo policial trató de frenarle el paso, y entonces se habría «lanzado» hacia uno de los funcionarios «con el cuchillo en la mano derecha».Así, para tratar de repeler el ataque, indicó el Ministerio público, uno de los urbanos disparó su arma reglamentaria . Uno de esos dos tiros hirió gravemente en el abdomen a Marjan, que tuvo que ser trasladado hasta el Hospital de Sant Pau, donde se recuperó. RSS de noticias de espana/cataluna
La imposibilidad de localizar al indigente se salda con la absolución del guardia urbano que le disparó
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