Otra condena de tres años y seis meses de cárcel para el ex presidente de Invercaria por los préstamos concedidos a la empresa Astraea Astilleros

La Audiencia de Sevilla dice que Pérez-Sauquillo no aplicó «las más mínimas cautelas y diligencia en la gestión de los fondos públicos» de la Junta Leer La Audiencia de Sevilla dice que Pérez-Sauquillo no aplicó «las más mínimas cautelas y diligencia en la gestión de los fondos públicos» de la Junta Leer  

El ex presidente de la empresa de capital riesgo de la Junta de Andalucía, Invercaria, Tomás Pérez-Sauquillo, ha sido condenado otra vez -y van ya al menos cinco- por la Audiencia de Sevilla por no aplicar «las más mínimas cautelas y diligencia en la gestión de los fondos públicos» con varios préstamos concedidos a la empresa Astraea Astilleros S.L., con domicilio en Lopera (Jaén).

Se trata de una de las piezas desgajadas de la macrocausa de corrupción de Invercaria, que versa sobre el reparto de fondos públicos sin control a sociedades bien conectadas con los anteriores gobiernos andaluces del PSOE.

Aunque Pérez-Sauquillo también ha sido absuelto en al menos seis causas del caso Invercaria, en la última que ha juzgado la Audiencia ha sido condenado a tres años y seis meses de cárcel por delitos de prevaricación y malversación a raíz de las irregularidades existentes en la concesión de varios préstamos participativos, según detalla la sentencia difundida este miércoles por la Oficina de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

La empresa Astraea Astilleros tenía por objeto social a fecha de 2002 la construcción naval y venta de embarcaciones deportivas y de placer, así como la fabricación y comercio de piezas y accesorios navales y toda clase de complementos e instrumentos para la navegación. La sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia aplica la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas por los retrasos que acumula el caso y le impone una indemnización a Invercaria de 300.000 euros.

De otro lado, el tribunal absuelve a otros dos acusados -un representante de Astraea Astilleros y el que fuera director de Inverjaén, cuyo objeto social era la toma de participaciones temporales en el capital de empresas no financieras y de naturaleza no inmobiliaria, y que participó en el capital de la primera y fue responsable de su contabilidad- al concluir que, «en el desarrollo de estas operaciones, no consta que tuviesen mayor conocimiento del funcionamiento del procedimiento de concesión de los préstamos que el propio de solicitar los mismos, interesarse por su concesión y aportar la documentación que les era solicitada por su relación con Astraea e Inverjaén».

Fue el 26 de junio de 2006 cuando, mediante un correo electrónico, Inverjaén ofreció a Invercaria participar en la financiación de Astraea, por lo que personal de la empresa pública de capital riesgo acudió a las instalaciones de esta sociedad para realizar una primera visita en julio de 2006, tras lo que en septiembre de ese mismo año se le requirió una información contable y financiera.

En este momento, de la documentación en poder de Inverjaén resultaban, «como datos destacados», que Astraea tenía una deuda acumulada de 186.500 euros y unos fondos propios de 35.486,96 euros, equivalentes a un 23,61 por ciento del capital social.

«Pese a tener conocimiento de esta información, sin ajustarse a la normativa y procedimientos para la adopción de decisiones de inversión de Invercaria, no contando con propuesta de inversión elaborada por los departamentos técnicos de la sociedad, sin observar las más mínimas cautelas y diligencia en la gestión de los fondos públicos de Invercaria», Tomás Pérez-Sauquillo, «tomó la decisión de conceder un préstamo de 150.000 euros a Astraea».

Más adelante, Pérez-Sauquillo concedió un nuevo préstamo adicional de 150.000 euros a Astraea. Al otorgar estos fondos, tomó decisiones «arbitrarias», destaca la sentencia, y lo hizo «a sabiendas de la prácticamente nula capacidad de devolución de su importe con la información disponible».

Estos préstamos suponen, según la sentencia, «un especial quebranto de la finalidad de fomento que Invercaria como sociedad pública ejercía, detrayendo ese importe de los fondos de la Junta de Andalucía para otras iniciativas económicas inicialmente viables, tanto técnica, como financiera y económicamente, generadoras de empleo y actividad económica bajo la fórmula de capital-riesgo».

Durante el juicio, la Fiscalía Anticorrupción solicitó para el ex presidente de Invercaria seis años y seis meses de cárcel, mientras que para los otros dos encausados pidió tres años y nueve meses de prisión, así como que se declarase la responsabilidad civil en la cuantía de 300.000 euros.

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