¡Que no vuelva Puigdemont!

¿Cómo impedir la aplicación de la amnistía a Carles Puigdemont? Ustedes que pueden hacer, hagan. Sean creativos, acusen por terrorismo. Porque una cosa sería amnistiar a un prófugo sedicioso, pero ¿quién se atrevería a dejar en libertad sin cargos a un terrorista sin juzgarlo? Nada que no se hubiese ensayado desde el momento en que el poder del poder judicial asumió la misión de salvar España y desactivar al movimiento independentista, una operación, aceptémoslo, que ha tenido un considerable éxito. Si incluso en 2018 la Audiencia Nacional ordenó la detención de Tamara Carrasco acusándola de terrorismo a partir de un mensaje de WhatsApp en el que esta activista incitaba a una huelga general, seguro que podría encontrarse la manera de colgarle ese delito a Puigdemont. Dicho comodín, la Audiencia Nacional lo volvería a jugar. De un día para otro, el apacible pueblo de Torelló pareció Hernani en los ochenta. El 23 de septiembre de 2019, por orden del entonces juez Manuel García-Castellón, de la Audiencia Nacional, 500 agentes del instituto armado (unidades antiterroristas incluidas) se desplegaron por tres localidades, y se detuvo a una decena de personas como presuntas integrantes de un comando que habría planificado acciones violentas y dispondrían de explosivos elaborados en laboratorios clandestinos en casas de pueblo y casas rurales. No estuvo mal la retórica y la potencia simbólica de esa Operación Judas. De manera que tampoco sorprendió que, en febrero de 2024, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, tras analizar una exposición de García-Castellón, abriese causa contra Puigdemont por delito de terrorismo. Si en las protestas posteriores a la sentencia del Supremo, accidentalmente y por desgracia, murió un hombre por un ataque al corazón, esa era la prueba concluyente de que el expresidente de la Generalitat era un terrorista. Un fallo en los plazos procesales forzó el archivo de la causa.

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 La respuesta de los jueces al ‘procés’ también ha degradado el Estado de derecho  

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La respuesta de los jueces al ‘procés’ también ha degradado el Estado de derecho

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Puigdemont, el 24 de enero en una rueda de prensa tras una reunión extraordinaria de la dirección de Junts, en Perpiñán (Francia).David Borrat (EFE)
Jordi Amat

¿Cómo impedir la aplicación de la amnistía a Carles Puigdemont? Ustedes que pueden hacer, hagan. Sean creativos, acusen por terrorismo. Porque una cosa sería amnistiar a un prófugo sedicioso, pero ¿quién se atrevería a dejar en libertad sin cargos a un terrorista sin juzgarlo? Nada que no se hubiese ensayado desde el momento en que el poder del poder judicial asumió la misión de salvar España y desactivar al movimiento independentista, una operación, aceptémoslo, que ha tenido un considerable éxito. Si incluso en 2018 la Audiencia Nacional ordenó la detención de Tamara Carrasco acusándola de terrorismo a partir de un mensaje de WhatsApp en el que esta activista incitaba a una huelga general, seguro que podría encontrarse la manera de colgarle ese delito a Puigdemont. Dicho comodín, la Audiencia Nacional lo volvería a jugar. De un día para otro, el apacible pueblo de Torelló pareció Hernani en los ochenta. El 23 de septiembre de 2019, por orden del entonces juez Manuel García-Castellón, de la Audiencia Nacional, 500 agentes del instituto armado (unidades antiterroristas incluidas) se desplegaron por tres localidades, y se detuvo a una decena de personas como presuntas integrantes de un comando que habría planificado acciones violentas y dispondrían de explosivos elaborados en laboratorios clandestinos en casas de pueblo y casas rurales. No estuvo mal la retórica y la potencia simbólica de esa Operación Judas. De manera que tampoco sorprendió que, en febrero de 2024, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, tras analizar una exposición de García-Castellón, abriese causa contra Puigdemont por delito de terrorismo. Si en las protestas posteriores a la sentencia del Supremo, accidentalmente y por desgracia, murió un hombre por un ataque al corazón, esa era la prueba concluyente de que el expresidente de la Generalitat era un terrorista. Un fallo en los plazos procesales forzó el archivo de la causa.

También se quiso hacer a través de otra vía penal. Cuando en 2018 Puigdemont fue detenido en Alemania, tras ser presuntamente espiado por el CNI, el Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein acordó extraditarlo siempre y cuando fuese juzgado por malversación y no por sedición y rebelión. El magistrado Pablo Llarena, instructor de la causa en el Tribunal Supremo, dijo no y, de paso, acusó de deslealtad a los jueces alemanes con la justicia española. Pero la malversación de caudales públicos, cómo te quedas, fue el comodín que Llarena se sacó de la manga en julio de 2024 para intentar que no se aplicase la amnistía a Puigdemont a los pocos días de la entrada en vigor de una ley que ha condicionado para bien y para mal toda la legislatura. Esa dichosa ley no podía valer para el hombre que ha envenenado los sueños de Llarena porque, por una parte, Puigdemont había malversado para obtener un beneficio personal de carácter patrimonial (la teoría del lucro cesante, no equivale exactamente a un ático, Rick) y, a la vez, sostenía que dicha malversación había afectado a los intereses económicos de la Unión Europea. Y bueno, aunque el Tribunal de Justicia de la UE dictaminó que el procés no afectó a los intereses europeos, Llarena reaccionó afirmando que el dictamen nada aclaraba sobre la cuestión del enriquecimiento y, por tanto, el Supremo seguía considerando que ni hablar del peluquín de la amnistía a Puigdemont. Hasta aquí. La mayoría de los miembros del Tribunal Constitucional, por el contrario, consideran que el argumento de Llarena carece de base, y la malversación sí se puede amnistiar. Para citar el título de Rafael Latorre, habrá que jurar que todo esto ha ocurrido. Que el procés degradó el Estado de derecho es evidente, pero también la respuesta penal a ese gatillazo político.

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